JORNADA LABORAL

ESCALA SALARIAL VIGENTE

Homologacion acuerdo  ⇒ 

http://www.faecys.org.ar/HOMOLOGACION%20-%20ACUERDO%20MARZO%202017.pdf

 

Acuerdo salarial Abril/2017  ⇒  http://www.faecys.org.ar/

 

Convenio Colectivo de Trabajo  CCT 130/75

http://www.faecys.org.ar/cdlaborales/doc/convenios/c130/cct130_75.pdf

 

*LEY 20.744

LEY DE CONTRATO DE TRABAJO ⇒  http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/norma.htm

 

FERIADOS Y DIAS NO LABORABLES

Los feriados son dias en los que el Estado Nacional conmemora o festeja hechos patrioticos, historicos o religiosos, y se encuentran establecidos en una forma legal.

En los dias feriados, los trabajadores percibiran la remuneracion como si fuese un dia domingo (incluso cuando el feriado cayese un dia domingo).

En el caso en que el dia feriado se trabaje, se cobra la remuneracion normal de un dia habil mas una cantidad igual.

Los dias no laborables, por su parte, tambien se identifican con conmemoraciones (normalmente religiosas, como ejemplo. el jueves santo). Pero se diferencian de los feriados en que las decision de trabajar dichos dias es facultativa del empleador o no.

En caso de prestar servicios en esos dias, los trabajadores tendran derecho a percibir la misma remuneracion, sin incremento alguno.