ESCALA SALARIAL VIGENTE
Homologacion acuerdo ⇒
http://www.faecys.org.ar/HOMOLOGACION%20-%20ACUERDO%20MARZO%202017.pdf
Acuerdo salarial Abril/2017 ⇒ http://www.faecys.org.ar/
Convenio Colectivo de Trabajo CCT 130/75 ⇒
http://www.faecys.org.ar/cdlaborales/doc/convenios/c130/cct130_75.pdf
*LEY 20.744
LEY DE CONTRATO DE TRABAJO ⇒ http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/25000-29999/25552/norma.htm
FERIADOS Y DIAS NO LABORABLES
Los feriados son dias en los que el Estado Nacional conmemora o festeja hechos patrioticos, historicos o religiosos, y se encuentran establecidos en una forma legal.
En los dias feriados, los trabajadores percibiran la remuneracion como si fuese un dia domingo (incluso cuando el feriado cayese un dia domingo).
En el caso en que el dia feriado se trabaje, se cobra la remuneracion normal de un dia habil mas una cantidad igual.
Los dias no laborables, por su parte, tambien se identifican con conmemoraciones (normalmente religiosas, como ejemplo. el jueves santo). Pero se diferencian de los feriados en que las decision de trabajar dichos dias es facultativa del empleador o no.
En caso de prestar servicios en esos dias, los trabajadores tendran derecho a percibir la misma remuneracion, sin incremento alguno.